miércoles, 17 de febrero de 2010

Desde hoy se puede tramitar jubilación anticipada en las AFP

Hombres desde 55 años y mujeres a partir de 50 deberán demostrar condición de un año de desempleados. Reclamarán el 50% de sus aportes quienes no alcancen una pensión mayor al sueldo mínimo. Con S/.113.000 en una cuenta individual se alcanzaría la pensión mínima de S/.550.

¿A usted o a sus parientes les llegó el estado de cuenta de su administradora de fondos de pensiones (AFP) y vio que tiene en ella una gran suma de dinero que bien le haría falta hoy, sobre todo si no consigue empleo? Pues si usted es un hombre de 55 años o más, o una mujer de 50 años o más, y se encuentra desempleado desde hace un año, ahora podrá disponer de parte de esos recursos.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó ayer el reglamento operativo de la Ley 29426, que crea el régimen de jubilación anticipada, con lo que el camino quedó listo para que desde hoy los aportantes al Sistema Privado de Pensiones puedan comenzar a tramitar dicho beneficio.

La medida tendría una repercusión en el fondo que manejan las AFP de S/.2.250 millones (S/.1.500 millones para los que tendrían una pensión superior a la remuneración mínima vital y S/.750 millones para quienes obtengan el beneficio de la devolución de una parte de sus fondos por no llegar su pensión a una remuneración mínima vital), dijo Lorena Masías, superintendenta adjunta de AFP.

“El impacto sería pequeño comparado con el total del fondo”, agregó la funcionaria. En este caso: 3,21% de los S/.70.000 millones que administran las AFP.

DESEMPLEO
Una de las novedades del reglamento operativo de la SBS es la manera de demostrar que una persona se ha quedado sin trabajo durante los últimos 12 meses. En este sentido, la SBS optó porque las personas lo indiquen mediante una declaración jurada.

“Lo que se hizo fue evaluar la definición de desempleo a usar. “Trabajador desempleado” es aquel que, habiendo tenido un empleo como dependiente, con el mismo empleador, en situación de quinta categoría, luego deja de trabajar para ese empleador y no lo hace para ningún otro. Esa es la definición de desempleo que se está usando”, precisó Masías.

Así, añadió que los trabajadores independientes (los que emiten recibos por honorarios de cuarta categoría) que en los últimos doce meses no hubiesen tenido un empleo de quinta categoría también podrán acogerse al régimen de la jubilación anticipada.

De otro lado, la funcionaria de la SBS manifestó que hay más de 50 locales de atención de las AFP en todo el país donde los aportantes pueden iniciar sus trámites.

“Cuando llega la persona, la evaluación inicial de la AFP es inmediata, verifica aspectos como edad, condición de desempleo y el tipo de beneficio. Si se decide que el beneficio será mediante pensión, se hace un trámite que puede durar hasta 30 días entre el cálculo de la cotización y el pago de pensión. Para el caso de la devolución, el plazo es de 15 días”, explicó.

BONO DE RECONOCIMIENTO
Si una persona que inicia los trámites para la jubilación anticipada tiene bono de reconocimiento ya aprobado, el proceso seguirá su curso.

Sin embargo, Gina Salazar, especialista en temas previsionales del estudio Rubio Leguía Normand & Asociados, hizo notar que si el bono de reconocimiento no ha sido aprobado y la Oficina de Normalización Previsional (ONP) no se ha pronunciado sobre este, el trámite de la jubilación anticipada queda suspendido hasta que la ONP afirme que el bono de reconocimiento existe.

“Ahí puede generarse un escollo, pues la ONP se demora para determinar la existencia del bono de reconocimiento. Conozco casos en que ha demorado tres años”, alertó.

Además, calculó que una persona debería tener alrededor de S/.113.000 en su cuenta individual de capitalización (CIC) para poder acceder a la pensión mínima en la jubilación anticipada, equivalente a la remuneración mínima vital (actualmente de S/.550).

ASOCIACIÓN DE AFP
Tras la publicación del procedimiento de régimen de jubilación anticipada, las AFP se han dedicado a afinar los detalles operativos para atender las solicitudes de los afiliados interesados, señaló la Asociación de AFP.

Desde hace unas semanas, las AFP vienen trabajando en la implementación del régimen de jubilación anticipada y difundiendo los números telefónicos a través de los cuales los interesados en acogerse podrán solicitar una cita de atención: AFP Horizonte (Lima 595-0005, provincias 0-800-44500), AFP Integra (Lima 705-1770, provincias 0-801-70601), Prima AFP (Lima 615-7299, provincias 0-801-18010), Profuturo AFP (Lima y provincias 0-801-15021).

Depósitos en bancos
Las AFP liberarían los instrumentos más líquidos, como depósitos en bancos, para atender los pagos del régimen de jubilación anticipada, según la SBS.

1 comentario:

  1. Mi preocupacion es la del bono de reconocimiento porque de acuerdo a la informacion de la AFP que estoy afiliado (AFP PROFUTURO), mi bono no esta reconocido por la ONP, y de lo que acabo de leer va ser obstaculo para pedir mi jubilacion anticipada.
    ¿ QUE DEBO DE HACER?

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